Ciudad de México, 16 de enero de 2026. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció un error en el conteo de votos durante una sesión del Pleno, el cual llevó a que se diera por aprobado de manera equivocada un proyecto relacionado con las pensiones de trabajadores jubilados de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), situación que será corregida formalmente en los próximos días.
El incidente ocurrió durante la discusión de una contradicción de criterios en la que se analizaba si los trabajadores jubilados de la CFE debían presentar previamente una solicitud administrativa ante la empresa, a través del sindicato, para poder reclamar el pago retroactivo de pensiones. El proyecto fue presentado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
Durante la sesión pública, el secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo, informó de manera incorrecta que el proyecto había sido aprobado por mayoría. Sin embargo, posteriormente se confirmó que la votación real fue de cinco ministros en contra y cuatro a favor, por lo que el proyecto no alcanzó la mayoría necesaria para ser avalado por el Pleno.
Tras concluir la sesión, algunos ministros advirtieron la discrepancia en el conteo de votos, lo que llevó a la SCJN a anunciar que el acta oficial será corregida, con el fin de que refleje con precisión el sentido real de la votación. La corrección será discutida y votada en una sesión posterior.
Fuentes del máximo tribunal señalaron que el error no tendrá efectos jurídicos, ya que el proyecto no puede generar jurisprudencia ni convertirse en un criterio obligatorio al no haber sido aprobado de forma válida.
Con la corrección, los tribunales del país continuarán resolviendo los casos relacionados con el pago retroactivo de pensiones de la CFE de manera individual, sin que exista un criterio general que obligue a los trabajadores a cumplir un trámite previo ante la empresa para reclamar sus derechos.
El caso llegó a la Suprema Corte debido a criterios contradictorios entre tribunales colegiados, algunos de los cuales exigían el trámite administrativo previo, mientras que otros consideraban que este requisito no era indispensable para acceder al pago de las pensiones.
El episodio generó cuestionamientos sobre los procedimientos internos de la SCJN, especialmente porque ocurrió poco tiempo después de que Álvarez Toledo asumiera el cargo de secretario general de Acuerdos. Aunque el alto tribunal subrayó que el error será subsanado conforme a la ley, el caso evidenció la sensibilidad de los temas laborales y de seguridad social que se discuten en el máximo órgano judicial del país.
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Irvin Uriel López Bonilla Licenciado en Derecho y Maestro en Derechos Humanos y Justicia…