Por: Redacción El Censal | Xalapa, Veracruz | 6 de noviembre de 2026
La reducción gradual de la jornada laboral en México traerá cambios en el cálculo y pago de las horas extraordinarias a partir de enero de 2027. Con la entrada en vigor de la primera etapa de la reforma, el límite de trabajo ordinario pasará de 48 a 46 horas semanales, mientras que el tiempo adicional deberá remunerarse conforme a las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la transición hacia la jornada de 40 horas se realizará de manera escalonada: en 2027 será de 46 horas semanales; en 2028, de 44; en 2029, de 42, y finalmente llegará a 40 horas en 2030. La reforma establece que la disminución de horas no podrá representar una reducción de salarios ni de prestaciones.
Uno de los cambios más relevantes está en el pago del tiempo extraordinario. Las horas extra que se encuentren dentro del límite legal deberán pagarse con un 100 por ciento adicional sobre el salario correspondiente a una hora ordinaria, es decir, al doble. Cuando se rebase el límite establecido para ese tiempo extraordinario, las horas adicionales deberán cubrirse con un 200 por ciento más, equivalente al triple del salario ordinario.
Para 2027, el régimen transitorio contempla hasta nueve horas extraordinarias semanales. La reforma prevé un incremento gradual de ese margen: diez horas en 2028, once en 2029 y doce en 2030. El esquema definitivo permitirá hasta doce horas pagadas al doble y, bajo las condiciones previstas en la ley, hasta cuatro adicionales pagadas al triple.
Esto significa que el tiempo extraordinario comenzará a contabilizarse una vez superado el límite semanal de la jornada ordinaria correspondiente a cada año. Por ejemplo, durante 2027, las horas trabajadas después de las primeras 46 semanales entrarán en el cálculo de tiempo extra, en lugar de comenzar después de las 48 horas que establece el esquema anterior.
La modificación también tendrá efectos en los costos de operación de las empresas. Los negocios deberán revisar sus turnos, plantillas laborales y esquemas de producción para adaptarse a la reducción progresiva, especialmente en actividades que requieren horarios extendidos, como manufactura, comercio, transporte, hospedaje y preparación de alimentos. La planeación de personal será relevante para evitar que la operación dependa de manera recurrente del pago de horas extraordinarias.
Otro cambio importante será la obligación patronal de llevar un registro electrónico de la jornada laboral, con los horarios de inicio y conclusión de actividades. Esta medida entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y permitirá contar con información para verificar el cumplimiento de los límites de trabajo y el pago correspondiente.
Para Veracruz, la reforma representa un ajuste relevante en sectores como la industria, el comercio, los servicios turísticos y el transporte, actividades que concentran una parte importante de los empleos y que en algunos casos operan con jornadas extendidas. Las micro, pequeñas y medianas empresas tendrán que evaluar sus necesidades de personal y reorganizar sus horarios para atender las nuevas disposiciones sin comprometer su continuidad operativa.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha señalado que la reducción de la jornada busca mejorar las condiciones laborales sin afectar los ingresos de las personas trabajadoras. El reto para los próximos años será equilibrar ese objetivo con la productividad y la capacidad de adaptación de las empresas, en un proceso que concluirá en 2030 con el límite de 40 horas semanales.

